Banco Santander Río
Hipolito Irigoyen 476 – 5to. Piso Capital – TE 4341-1000 int. 4132/4251/4252
Buenos Aires, 26 de Mayo de 2010.-
Resumen del Acuerdo Asociación Bancaria
Con las Cámaras ADEBA - ABE – ABA
1. Monto del Incremento Salarial:
Las partes acuerdan en el marco del CCT Nro. 18/75, un incremento salarial del VEINTINUEVE POR CIENTO (29%), sobre las remuneraciones, normales habituales, mensuales y brutas totales percibidas en el mes de Diciembre de 2010, para cada uno de los trabajadores bancarios, hasta la categoría de Subgerente Departamental de 1ra, para
Dicho incremento salarial tendrá vigencia desde el 1° de Mayo hasta el 31 de Diciembre de 2011.
2. Salarios Mensuales Convencionales:
Como consecuencia del incremento acordado en la cláusula primera, las partes fijan los sueldos básicos mensuales del personal bancario, en los valores que se indican en la planilla identificada como ANEXO I
Para los meses de Enero, Febrero y Marzo 2011 el incremento salarial será del 20% no remunerativo con un garantizado de $1.000.-
En lo que respecta a Abril de 2011 el aumento será del 20% remunerativo más un pago de $1.000.- no remunerativo por única vez.
3. Adicionales:
Función Cajeros para Enero, Febrero y Marzo $ 353.-
Función Cajeros del 1° de Mayo $380.-
Falla de Caja para Enero, Febrero y Marzo $ 618.-
Falla de Caja del 1° de Mayo $ 665.-
4. Falla de Caja en moneda Extranjera:
Para Enero, Febrero y Marzo $ 176.-
A partir del 1° de Mayo $ 190.-
5. Básico Inicial:
Desde el 1° de Mayo $ 3803.-
6. Remuneración conformada Inicial: Desde el 1° de Mayo 2011 $ 5.800.-
Fecha de Liquidación se acuerda entre las partes que el pago retroactivo del presente acuerdo se abonara con fecha límite el 07 de junio de 2011.
A pedido de
No Absorción las sumas emergentes del presente acuerdo no podrán ser absorbidas ni compensadas de manera alguna.
Delegados Generales: