CONDICIONES DE TRABAJO
JORNADA DE TRABAJO
Por Decreto Nº 2289/76, modificado por su similar Nº 262/86, se estableció una jornada de trabajo de SIETE ( 7) horas con TREINTA ( 30 ) minutos, para el personal que preste servicios en la entidades financieras comprendidas en
Que a tal efecto, y de conformidad con el art., 1° del citado Decreto, se dispuso que dicho personal cumplirá su jornada de trabajo de Lunes a Viernes en el horario de NUEVE Y CUARENTA Y CINCO ( 9.45 ) a DIECISIETE Y QUINCE ( 17.15 ) horas.
PAGO DE HORAS EXTRAS
Las horas extras deben abonarse al trabajador con un recargo del 50 % si se trata de días comunes y del 100 % en días sábados después de las 13 horas, domingos y feriados.
ALMUERZO – REFRIGERIO
Todo empleado cuenta con 45 minutos para el almuerzo, este paréntesis es conceptualmente una obligación de tomarlo, como de la empresa en concederlo, en caso que el banco no lo otorgue, deberá abonarlo como hora extraordinaria.
FALLA DE CAJA
El personal que desempeña funciones de Cajero, ( Tesoreros, Cajeros y RSC con orientación caja por los días que abran
El monto de la falla de caja equivale a 3 veces la falla de caja , incluida la de moneda Extranjera , es decir $ 665 más $ 190 por 3 , igual a $ 2.565.-
El Fondo de Falla de Caja se forma de la siguiente manera: en tu recibo de sueldo figurará el ítem Falla de Caja $ 332,50 , que se acreditará en tu cuenta, y otro ítem Fondo Falla de Caja $ 332,50, que irá al Fondo.
Lo mismo sucede con
Al llegar a los $ 2.565 ya no suma más porque es el tope del mismo.
Desde ese momento en tu recibo aparecerá $ 665 bajo el ítem Falla de Caja.
Del mismo modo funciona
FUNCION CAJERO
La perciben todos los Cajeros y RSC con orientación Caja, independientemente de la cantidad de días que abran caja , el monto a cobrar es $ 380.-